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lunes, noviembre 25, 2024
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CONADEH exhorta a la Corte Suprema de Justicia a reanudar las sesiones y garantizar el acceso a la justicia

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) exhortó a la Corte Suprema de Justicia, reanudar las sesiones del pleno y garantizar el derecho que tiene la población de acceso efectivo a la justicia.

El ente estatal recomendó, a través de un comunicado, convocar de urgencia y celebrar las sesiones de pleno de la Corte Suprema de Justicia para abordar y solucionar conforme a derecho, el orden de precedencia en las salas que integran esa alta Corte.

Además, conocer y resolver con prontitud, los recursos interpuestos ante las diferentes salas de la Corte Suprema de Justicia, especialmente aquellos que, por su naturaleza y condiciones del caso, requieran una prioritaria tramitación y resolución respecto de cualquier otro asunto que estuviere sometido en ese Poder del Estado.

Recordó que la Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala de lo Constitucional, tiene la atribución de conocer y resolver recursos como el del Habeas Corpus, Habeas Data, de Inconstitucionalidad, Amparo y el de revisión en materia Penal y Civil.

Además, este alto tribunal es competente para resolver los recursos de Casación contra las sentencias dictadas por las cortes de apelaciones.

Señaló que la falta de celebración de sesiones del pleno condiciona, gravemente, el acceso a la justicia y el debido proceso legal, siendo éstos últimos elementos necesarios de un Estado Democrático de Derecho.

Indicó que, el Estado y, en especial, la Corte Suprema de Justicia, tiene la obligación internacional y nacional de no impedir el acceso a esos recursos, y a la vez de organizar su aparato institucional de modo que, todas las personas sometidas a la jurisdicción nacional, puedan acceder a esos recursos de manera rápida y sencilla.

Aquí el Comunicado integro:

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH o Comisionado), en el ejercicio de su mandato convencional, constitucional y legal, con independencia funcional, técnica y de criterio; ante la falta de celebración de sesiones de pleno por parte de la Corte Suprema de Justicia, se pronuncia en los términos siguientes:

  • El 16 de febrero de 2024, la Magistrada Presidenta, Rebeca L. Ráquel Obando, decretó la rotación de las Salas de la Corte Suprema de Justicia: la Sala de lo Constitucional, la Sala de lo Civil, la Sala de lo Penal y la Sala Laboral-Contencioso Administrativo. Dicha rotación, no fue “aceptada” por cinco magistrados de esta Alta Corte; por lo cual, solicitaron que la precedencia de la Sala de lo Constitucional y la Sala Civil fuera sometida a aprobación del pleno en virtud que, la decisión “adolece de errores de forma y fondo”.
  • Ante ello, el CONADEH recomendó públicamente a las y los magistrados de este Poder del Estado, a aplicar a todos sus actos y decisiones, la Constitución de la República, los estándares más actualizados sobre el funcionamiento de las Altas Cortes, su reglamento interno y los principios en los cuales descansa el Estado de Derecho y la democracia.
  • El 05 de marzo de 2024, la Magistrada Presidenta convocó a las y los magistrados a asistir a la sesión de pleno que se celebraría el 07 de marzo del mismo año; sin embargo y pese a que, se había incorporado y ratificado la solicitud de los magistrados supra párrafo 1, la sesión fue suspendida. Por lo cual, el 02 de abril de 2024, ocho magistrados solicitaron a la Magistrada Presidenta convocar y reanudar las sesiones de pleno; no obstante, la convocatoria aún no ha sido girada.
  • De esta forma, el CONADEH recuerda que, la Corte Suprema de Justicia a través de su Sala de lo Constitucional, tiene la atribución de conocer y resolver el Recurso de Habeas Corpus; el Recurso de Habeas Data; el Recurso de Inconstitucionalidad; el Recurso de Amparo, incluyendo por la violación de los derechos fundamentales; y, el Recurso de Revisión en Materia Penal y Civil. Además, este Alto Tribunal también es competente de resolver los recursos de Casación contra las sentencias dictadas por las cortes de apelaciones; todos estos recursos, están directamente relacionados con el derecho de acceso a la justicia.
  • Tomando en cuenta lo anterior, el CONADEH señala que la falta de celebración de sesiones del pleno condiciona gravemente el acceso a la justicia y el debido proceso legal, siendo éstos últimos elementos necesarios de un Estado Democrático de Derecho. El derecho de acceso a la justicia es fundamental para la realización de otros derechos, como el derecho a la libertad, a la salud, a la educación, al trabajo, las libertades civiles y políticas; ello exige, contar con recursos judiciales y de otra índole, que resulten idóneos y efectivos para reclamar por la vulneración de los derechos fundamentales.
  • De esta forma, el CONADEH recuerda que el Estado y, específicamente, en este caso, la Corte Suprema de Justicia tiene la obligación internacional y nacional de no impedir el acceso a esos recursos, y a la vez de organizar su aparato institucional de modo que, todas las personas sometidas a la jurisdicción nacional, puedan acceder a esos recursos de manera rápida y sencilla. Esta obligación incluye, la remoción de obstáculos sociales y de cualquier índole que impidan o limiten la posibilidad de acceder efectivamente a la justicia.

Por lo anteriormente expuesto, el CONADEH recomienda:

  1. Convocar de urgencia y celebrar las sesiones de pleno de la Corte Suprema de Justicia en la cual se aborde y solucione conforme a derecho, el orden de precedencia en las salas que integran esta Alta Corte.
  2. Conocer y resolver con prontitud, los recursos interpuestos ante las diferentes salas de la Corte Suprema de Justicia, especialmente aquellos que, por su naturaleza y condiciones del caso, requieran una prioritaria tramitación y resolución respecto de cualquier otro asunto que estuviere sometido en ese Poder del Estado.
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