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domingo, noviembre 24, 2024
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Recomiendan al Estado hondureño fortalecer independencia financiera del Conaprev

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) advirtió hoy el debilitamiento sufrido, en su independencia financiera, por el  Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura (MNP-CONAPREV), por lo que recomendó su fortalecimiento para que pueda cumplir su mandato de examinar el trato de las personas privadas de libertad en los lugares de detención para protegerlos contra la tortura.

Como parte de sus recomendaciones, el CONADEH exhortó, al Estado hondureño, a cumplir sus obligaciones contraídas luego de ratificar la Convención contra la Tortura,  en 1996, y el Protocolo Facultativo  de la Convención contra la Tortura en el 2006, en cuanto a tener un mecanismo independiente,  que opere a nivel nacional, para la prevención de la tortura, tratos crueles e inhumanos.

Advirtió que la inobservancia a sus obligaciones y deberes compromete la responsabilidad internacional del Estado de Honduras por hechos internacionalmente ilícitos reclamados por particulares ante órganos jurisdiccionales internacionales.

En abril del 2024, el CONADEH atendió una queja mediante la cual, el presupuesto del CONAPREV fue trasladado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN)  a una tercera institución, sin previa consulta o socialización al Mecanismo.

Debilitado en su independencia financiera

El CONADEH considera que el presupuesto asignado al CONAPREV no le permite cumplir  su mandato, pues este exige que el mecanismo ejercite sus funciones en todo el territorio hondureño.

Lo anterior evidencia que, en los últimos años, el CONAPREV sufrió un debilitamiento en su independencia financiera, pero que fue fortalecida por los incrementos presupuestario a partir del 2022.

No obstante, los fondos del MNP-CONAPREV tienen que ser suficientes para poder ejercer su mandato Y poder instalar oficinas en los 18 departamentos del país.

Debido a las limitaciones financieras, actualmente el mecanismo sólo cuenta con 2 oficinas, una en Tegucigalpa y otra en San Pedro Sula.

El CONADEH señaló que, durante el primer trimestre de 2024, el CONAPREV no contaba con la suficiente disponibilidad de dinero para cumplir a cabalidad con su mandato, lo que generó incluso, el pago tardío a sus empleados.

Transferencia de fondos deben ir directamente al CONAPREV

Según el CONADEH, el procedimiento de acreditación de fondos debería ser únicamente entre la SEFIN y el CONAPREV.

El Estado no solamente tiene la obligación de asignar una cantidad de dinero determinada en el Presupuesto General de la República a favor del CONAPREV, sino que, también tiene la obligación de garantizar que dicha institución tenga acceso directo, en tiempo y forma, a esos recursos, sin que, en el proceso de transferencia de fondos medie otra institución estatal que no pertenezca al Sistema de Administración Financiera del Sector Público.

La transferencia de fondos de un mecanismo independiente que realiza investigaciones contra agentes estatales a una dependencia que representa al Poder Ejecutivo, internacionalmente, en materia de derechos humanos, podría traducirse en un eventual y aparente estado de supeditación del Mecanismo respecto del gobierno central.

Es decir que, la transferencia de fondos podría estar condicionada al contenido plasmados en los informes que remita a las autoridades nacionales y a los órganos del Sistema de Protección Internacional de Derechos Humanos.

El CONADEH estima oportuno recordar que el CONAPREV goza de independencia funcional y administrativa y, que, la SEDH es un órgano dependiente del Poder Ejecutivo, es decir, un órgano de la Administración Centralizada.

Tanto el CONAPREV como la SEDH tiene funciones vinculadas a los derechos humanos, el CONADEH estima apremiante señalar que la naturaleza de ambas instituciones persigue fines específicos.

El CONADEH recomendó a la Secretaría de Finanzas explorar alternativas administrativas que garanticen la transferencia expedita, completa y directa de los fondos entre la SEFIN y el CONAPREV.

Los estándares internacionales exigen que los mecanismos nacionales de prevención de la tortura  deben tener independencia del mandato, operativa y financiera para poder ejercer su mandato con independencia.

Creado en diciembre del 2008, el MNP-CONAPREV tiene el mandato convencional y legal de examinar periódicamente el trato de las personas privadas de libertad en lugares de detención, con miras a fortalecer, si fuera necesario, su protección contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

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