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jueves, noviembre 28, 2024
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Congreso Nacional aprueba ampliación de amnistía migratoria hasta el 31 de diciembre de 2025

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El Parlamento de Honduras aprobó este miércoles una nueva ampliación, hasta el 31 de diciembre de 2025, de la amnistía sobre el pago de una multa administrativa, por más de 200 dólares, a los migrantes en situación de movilidad que ingresan de forma irregular al país.

La ampliación de la amnistía migratoria se aprobó en tercer y último debate para que los migrantes que transitan de forma irregular por Honduras «no paguen ninguna sanción».

La amnistía migratoria, que suspende el pago de una sanción administrativa por 236 dólares por ingresar al país por puntos fronterizos no autorizados, se aprobó originalmente en abril de 2022 y entró en vigor en agosto de ese mismo año.

En los considerandos señala que el artículo 35 de la Constitución de la República establece que la inmigración estará condicionada a los intereses sociales, políticos, económicos y demográficos del país. 

La ley establecerá los requisitos, cuotas y condiciones para el ingreso de los inmigrantes al país, así como las prohibiciones, limitaciones y sanciones a que estarán sujetos los extranjeros.

Asimismo, que el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular, suscrito por Honduras en 2018, proclama que:  “Los Estados se comprometen examinar las políticas y prácticas para asegurar que no exacerben involuntariamente la vulnerabilidad de los migrantes, basados en principios como el respeto a los Derechos Humanos.”

También señala que la migración a nivel mundial se ha incrementado considerablemente, el flujo de inmigrantes en situación de irregularidad en tránsito por nuestro país ha desencadenado una crisis migratoria debido al alto ingreso de inmigrantes al territorio hondureño por puntos no habilitados, infringiendo la legislación nacional.

Que en virtud  del aumento de los flujos migratorios irregulares, donde han sido beneficiados en el año 2022 la cantidad de 121,506 migrantes en estado de vulnerabilidad. 

Esta cifra ascendió a 440,203 a finales de octubre de 2023, por lo que desde la implementación de la amnistía migratoria, más de 561,709 migrantes han sido asistidos en Honduras.

En particular, durante los meses de agosto, septiembre y octubre de 2023, se atendió un promedio mensual de 85,252 migrantes sumado a las personas beneficiadas por la amnistía aprobada para el año 2024, estos resultados resaltan la necesidad de extender la suspensión de la sanción administrativa prescrita en el artículo 104 numeral 1 de la Ley de Migración y Extranjería y derivada de la infracción enmarcada en el artículo 101 numeral 5, del mismo cuerpo legal, consistente en “entrar o salir al país sin realizar el control migratorio por  puerto habilitado para ello”.

Que el Decreto No. 208-2003 de fecha 12 de Diciembre del 2003, contentivo de la Ley de Migración y Extranjería, aprobada en fecha 12 de Diciembre del 2003 y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” el 3 de Marzo de 2004, en su Artículo 109 establece que: “Cuando las circunstancias lo ameriten el Congreso Nacional por sí o a solicitud de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, otorgará la Amnistía Migratoria a extranjeros con el propósito de promover y facilitar la regularización de su situación migratoria”.

Por tanto decreta reformar el Artículo 1-B del Decreto Legislativo No. 42-2022, publicado en el Diario Oficial «La Gaceta» de fecha 30 de Julio de 2022, reformado mediante los siguientes: Decreto Legislativo No.79-2022, publicado en el Diario Oficial «La Gaceta» el 4 de Agosto de 2022; Decreto Legislativo No. 137-2022, publicado en el Diario Oficial «La Gaceta” el 28 de noviembre de 2022; Decreto Legislativo 39-2023, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 01 de junio del 2023 y mediante Decreto Legislativo No. 6-2024 del 30 de enero de 2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 14 de febrero de 2024, el cual debe leerse de la forma siguiente:

El presente Decreto beneficiará a los extranjeros o personas que formen parte de los flujos mixtos en estado de vulnerabilidad hasta hasta el 31 de diciembre del año 2025” y tiene vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.

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