• Empleados públicos con demandas judiciales podrán negociar sus pagos, pero las instituciones tendrán hasta 36 meses para saldar las obligaciones acordadas.
TEGUCIGALPA, HONDURAS. –
A partir del 6 de octubre entró en vigencia una reforma que cambia las reglas para conciliar demandas laborales contra el Estado y permite que empleados públicos con procesos judiciales negocien directamente con las instituciones demandadas el pago de sus derechos reconocidos.
La medida está contenida en el Decreto Legislativo 212-2026, publicado en el diario oficial La Gaceta, y modifica disposiciones de la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano.
Uno de los principales cambios permite que las instituciones públicas inicien procesos de conciliación cuando exista una sentencia de primera instancia o un acta en la que reconozcan la existencia de una deuda laboral.
Además, la reforma elimina la participación expresa de la Procuraduría General de la República (PGR) en la revisión del acuerdo y suprime el requisito de una opinión favorable de una comisión del Congreso Nacional para conciliaciones por montos iguales o superiores a cinco millones de lempiras.
Estas exigencias habían representado obstáculos para concretar los acuerdos previstos en la legislación.
Según la información disponible, pese a que la normativa original fue aprobada hace más de siete meses, todavía no se había concretado ningún pago mediante este mecanismo.
Hasta tres años para cancelar las obligaciones
Uno de los cambios más relevantes es la ampliación del plazo para pagar las deudas laborales conciliadas.
Mientras la normativa anterior establecía un máximo de 18 meses, la reforma extiende ese período a 36 meses, equivalentes a tres años.
El plazo para formalizar los acuerdos se mantiene en 45 días hábiles, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
Asimismo, los acuerdos podrán contemplar una reducción de hasta el 20 % del monto reclamado, de conformidad con las condiciones previstas para el proceso de conciliación.
Pagos dependerán del presupuesto
La reforma establece que las instituciones deberán cubrir las obligaciones acordadas con los recursos contemplados en sus presupuestos aprobados.
Por tanto, la firma de una conciliación no garantiza que la Secretaría de Finanzas les asignará automáticamente fondos adicionales.
La excepción contempla a las instituciones de la administración central en proceso de liquidación y bajo responsabilidad de la Comisión Técnica Liquidadora, que podrán disponer de nuevos recursos para atender el pago de derechos laborales.
El mecanismo está dirigido a trabajadores que mantienen demandas laborales contra instituciones estatales y cuyos casos cumplen los requisitos establecidos para acceder a la conciliación.
Con estos cambios, la reforma busca agilizar las negociaciones y reducir los trámites para alcanzar acuerdos.
Sin embargo, el plazo de pago podrá extenderse hasta tres años, por lo que los trabajadores deberán sujetarse a las condiciones pactadas con las instituciones demandadas.









