El presupuesto establece en el artículo 294 que el Banco Central de Honduras (BCH) constituya un Fondo de Inversión con el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), cuyos programas de crédito para el desarrollo del país serán priorizados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).
El contrato de administración entre las partes tendrá como finalidad apoyar a los Sectores Productivos, incluida la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME), el sector vivienda y la producción, por medio de la banca de segundo piso de (BANHPROVI) bajo la figura de redescuento, alineado a las prioridades establecidas por Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).
Para ello, dispone de un monto de 21 mil millones de lempiras constituidos por las disponibilidades inmediatas, las recuperaciones de capital de la cartera de créditos que está colocada a la fecha, proveniente de la liquidación del Fideicomiso BCH-BANHPROVI, de conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo No.66-2022 del 27 de Mayo de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 15 de Junio de 2022;
Además, se autoriza al BCH para que aporte 4 mil millones de lempiras para la creación de dicho fondo, por lo que el monto total del Fondo de Inversión será de 25 mil millones de lempiras.
El plazo del préstamo será de 25 años a partir de la suscripción del contrato de administración correspondiente, el cual podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el mismo. Los rendimientos netos que produzca el fondo de inversión deberán ser utilizados para otorgar nuevos créditos a los sectores productivos antes mencionados.
La comisión por Administración será de hasta uno por ciento (1%) anual por administración de la cartera de crédito que se coloque con estos recursos, mientras que el BCH, como aportante de los recursos, debe percibir el dos por ciento (2%) anual que generen sus recursos aportados para constitución del fondo de inversión.
Se autoriza a BANHPROVI para que gestione con las Instituciones Financieras Intermediarias (IFI) los procedimientos de créditos otorgados en amparo al Decreto Legislativo No.175-2008 del 18 de diciembre de 2008 para la adquisición de viviendas y otros sectores productivos que se encontraban en trámite al momento de la liquidación del fideicomiso.