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sábado, febrero 7, 2026

CNA: Luis Redondo se escudó en valoraciones personales para no someter la renuncia de Salvador Nasralla ante el Pleno del CN

TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, violentó la Constitución y la Ley Orgánica del Congreso Nacional al no someter en primera ocasión la solicitud de renuncia de Salvador Nasralla a su cargo de designado presidencial, así lo señaló este lunes el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA).

El ente anticorrupción analizó las actuaciones de Redondo en el proceso de la renuncia presentada por el designado presidencial, y lo divulgó a través de un informe el cual denominaron: “En el Congreso del Pueblo las ilegalidades se repiten”.

En dicho documento puntualizan las omisiones cometidas por Redondo y cómo se escudó en valoraciones personales para no someter la renuncia al Pleno del Congreso Nacional.

Cabe recordar que, en la sesión legislativa del 25 de abril, Luis Redondo se negó a tramitar la solicitud de renuncia y que fuera discutida por el pleno del Congreso Nacional argumentando que violaría artículos pétreos.

En ese contexto, el CNA concluyó que el procedimiento que utilizó Redondo de no someter al pleno del Congreso Nacional la primera solicitud es contraria al artículo 205 numeral 12 de la Constitución de la República y el artículo 10 del Poder Legislativo.

“Recibir la promesa constitucional al presidente y designados a la presidencia de la República, declarados elegidos, y a los demás funcionarios que elija; concederles licencia y admitirles o no su renuncia y llenar las vacantes en caso de falta absoluta de alguno de ellos”.

Redondo había argumentado su decisión de no tramitar la solicitud en el pleno del Congreso Nacional en base al decreto 117-2019 que tiene las atribuciones de las funciones legislativas.

Sin embargo, el CNA consideró que las omisiones del presidente del Congreso Nacional no se enmarcan en la función legislativa, por lo cual, no goza de inmunidad parlamentaria.

“El presidente del Congreso Nacional puede realizar valoraciones personales para determinar cuáles renuncias se elevan o no a votación del pleno”, aseveró el CNA.

Enfatizó que es facultad del pleno del Congreso Nacional resolver las renuncias solicitadas por altos funcionarios.

El CNA evidenció que Redondo se excedió de su función pública al no someter al CN la solicitud de renuncia de Nasralla y que conllevaba a la vulneración de la normativa hondureña.

Finalmente, en la sesión legislativa del 30 de abril, se sometió en el pleno del Congreso Nacional la solicitud de renuncia, la cual fue aceptada por los diputados.

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