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martes, enero 20, 2026

CNE marca distancia del Congreso y rechaza ejecutar decreto sobre reconteo de votos

  • La presidenta del órgano electoral, Ana Paola Hall, respondió a Luis Redondo que el Consejo no está obligado ni legalmente facultado para informar plazos ni cumplir el Decreto 58-2025.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. –

La consejera presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Ana Paola Hall, respondió de forma categórica al presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, al señalar que el órgano electoral no está obligado ni facultado legalmente para informar plazos o ejecutar lo ordenado en el Decreto No. 58-2025, relacionado con un eventual conteo total de votos.

En un pronunciamiento íntegro difundido este martes, el CNE acusó recibo de la comunicación enviada por el titular del Legislativo, en la que se solicitaba precisar el término para iniciar y concluir lo dispuesto en el decreto publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 9 de enero de 2026. No obstante, el Consejo dejó claro que su actuación se rige exclusivamente por la Constitución y la Ley Electoral.

Hall subrayó que el CNE es un órgano constitucional autónomo e independiente, sin subordinación a ningún poder del Estado, y recordó que la declaratoria oficial de elecciones ya fue emitida, acto que agotó la competencia administrativa del Consejo en materia de escrutinio y conteo de votos.

Asimismo, el organismo electoral precisó que no existe disposición constitucional ni legal que le permita reabrir procesos de conteo una vez emitida la declaratoria oficial, ni ejecutar instrucciones legislativas posteriores que incidan sobre actos electorales firmes y definitivos.

En uno de los puntos más contundentes del pronunciamiento, el CNE afirmó que el Decreto No. 58-2025 adolece de un vicio constitucional insubsanable, al pretender modificar el régimen jurídico del escrutinio y la firmeza de la declaratoria electoral sin haber sido aprobado con la mayoría calificada de dos tercios del total de los diputados, como exige la Constitución.

Dicha circunstancia —reconocida públicamente por el propio titular del Poder Legislativo—, genera nulidad de pleno derecho, lo que impide al Consejo darle ejecución sin vulnerar el orden constitucional.

Finalmente, el CNE reiteró que cualquier cuestionamiento posterior a la declaratoria electoral solo puede tramitarse por las vías jurisdiccionales previstas en la ley, por lo que se encuentra jurídicamente imposibilitado de señalar plazos o iniciar actuaciones en los términos solicitados.

La respuesta se produce luego de que el Congreso Nacional enviara un nuevo oficio a los consejeros del CNE, advirtiendo que, de no recibir contestación, el organismo electoral debía iniciar las diligencias para ejecutar el conteo total de votos, lo que ha reavivado el pulso institucional entre el Congreso Nacional y el órgano electoral hondureño.

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