TEGUCIGALPA, HONDURAS.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) solicitó se recomiende al Estado hondureño, aprobar la Ley del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, ajustada a los estándares internacionales sobre independencia judicial y se establezcan garantías para los jueces en el país.
El organismo emitió una serie de observaciones y preocupaciones, las que fueron plasmadas en un documento que contiene su contribución con ocasión del IV Ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos, sobre la situación de los derechos humanos en Honduras.
Igualmente, la institución defensora de los derechos humanos del pueblo señaló que la independencia judicial se sitúa en un contexto de alto debilitamiento, por la falta de aprobación de la nueva Ley del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial.
Añadió que la ausencia de esta ley socava la institucionalidad judicial en lo referente a la estabilidad laboral de los jueces, ya que no se garantiza el “Principio de Inamovilidad del Juez”, por lo que pueden ser removidos o trasladados arbitrariamente, incluyendo las presiones internas o externas.
Criterios Políticos
A lo anterior se suman, los nombramientos y ascensos, en virtud que estos pueden estar motivados por criterios políticos o personales por sobre los méritos y la experiencia judicial, debido a la falta de un proceso suficientemente riguroso o taxativo.
Además, la aplicación de procesos disciplinarios y sanciones, debido a que estos pueden ser aplicados sin criterios técnicos como consecuencia a la ausencia normativa formal que prevea garantías mínimas de investigación y sanción.
Aunado a ello, la ausencia de una Ley de Carrera de la Judicatura propicia un mayor riesgo y vulnerabilidad ante las influencias externas y la corrupción, ya que la estabilidad del cargo podría depender de las influencias políticas o económicas de diversos tipos de actores.
Por lo tanto, la aprobación y vigencia de la ley faltante es clave para superar uno de los problemas del sistema judicial en Honduras, recomendó el Conadeh.
Desde el 2016, Honduras no cuenta con una Ley de la Carrera Judicial en virtud que, desde ese año se declaró inconstitucional la ley que regulaba la función judicial. De allí que todas las decisiones administrativas, nombramientos y destituciones de los cargos competen a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Alteración del Orden
Actualmente, la CSJ está integrada por 15 magistrados, una magistrada presidenta y 14 magistrados distribuidos en 4 salas, la Sala de lo Constitucional, Sala de lo Civil, la Sala de lo Penal; y, Sala de lo Laboral-Contencioso Administrativo. Asimismo, también está compuesta por 6 magistrados Integrantes, quienes fungen como suplentes.
Así, las Salas de la Corte están coordinadas o presididas por un magistrado por un periodo de 1 año y dicho puesto de coordinación se rota de acuerdo con la forma en que fueron electos los jueces en el Congreso Nacional.
Pese a que la rotación está previamente designada por la Ley, en febrero de 2024, la magistrada presidenta de la CSJ decretó la rotación de la presidencia y coordinación de las salas, lo que supondría una alteración del orden de la precedencia en la Sala de lo Constitucional y la Sala de lo Civil.
Esta situación generó una paralización laboral en la CSJ y una controversia que subsistió más de 2 meses.
Aunque finalmente la Sala de lo Civil retomó su orden de precedencia, la Sala de lo Constitucional sí sufrió una alteración en el orden en el que debía ser precedida o coordinada, por lo que la persona llamada a ocupar la dirección de la Sala fue sustituida por otro magistrado y, a su vez, el magistrado sustituido fue designado para coordinar la sala hasta el 2025.
Interpretación Inadecuada
A criterio del Conadeh, esto se debió a una interpretación inadecuada y altamente discrecional sobre el alcance de las funciones de la presidencia de la CSJ, pues, pese a que legalmente existe un procedimiento, éste no fue observado; por lo que, el Conadeh recomendó que el Reglamento Interno de la Corte Suprema debe ser reformado con reglas más claras.
El análisis es parte de una contribución escrita por el Conadeh, con ocasión del IV Ciclo del Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos al que el Estado de Honduras es sometido.
En el documento, el Conadeh plasma sus principales observaciones y preocupaciones sobre la situación de derechos humanos en Honduras y el estatus de las recomendaciones formuladas por los Estados Parte en el 2020.
El Examen Periódico Universal (EPU) es un mecanismo singular del Consejo de Derechos Humanos que estipula que cada Estado miembro de las Naciones Unidas se someta cada cuatro años y medio a un análisis de su ejecutoria en materia de derechos humanos.
¿Qué es el Consejo de la Judicatura?
El último Consejo de la Judicatura estuvo vigente hasta el 2016, cuando la Corte Suprema le dio el visto bueno a un recurso de inconstitucionalidad presentado por la entonces jueza Karla Romero, actual candidata a diputada por el Partido Liberal.
La entidad venía de un proceso en el que varios consejeros fueron procesados por corrupción y diversos abusos. Incluso estuvieron presos.
La Constitución de la República, en su artículo 317, establece la creación del Consejo de la Judicatura para efectuar funciones administrativas de forma colegiada.
Ante el vacío que se genera -al no existir este tipo de órganos dentro del Poder Judicial-, la presidencia de la Corte Suprema a cargo de Rebeca Ráquel Obando, tiene facultades de nombrar y remover directamente a servidores judiciales.
De esta forma, al juez supremo se le otorgan funciones administrativas que van más allá de la impartición y la administración de justicia.
Un Consejo de la Judicatura, en cambio, propiciaría que los procesos de selección y ascenso del personal dentro del Poder Judicial, así como cualquier otro proceso administrativo, fuesen más objetivos y transparentes.
¿Por qué es necesaria esta ley?
Desde 2016, Honduras carece de una ley que regule formalmente la carrera judicial, lo que deja en manos de la presidencia de la Corte Suprema las decisiones administrativas sobre jueces.
En ese sentido, el Conadeh insiste en que la ausencia de una Ley de Carrera de la Judicatura propicia un mayor riesgo y vulnerabilidad ante las influencias externas y la corrupción, ya que la estabilidad del cargo podría depender de las influencias políticas o económicas.
¿Qué ocurrió con la Corte Suprema en 2024?
El informe también cuestiona la rotación discrecional en la Corte Suprema de Justicia, específicamente en la Sala de lo Constitucional, ocurrida en febrero de 2024.
Lo anterior porque la Corte Suprema decretó la rotación de la presidencia y coordinación de las salas, lo que supondría una alteración del orden de la precedencia en la Sala de lo Constitucional y la Sala de lo Civil.
Dicha situación generó una paralización laboral en la Corte Suprema de Justicia y una controversia que subsistió más de 2 meses.
Ante la situación, a criterio del Conadeh, esto se debió a «una interpretación inadecuada y altamente discrecional sobre el alcance de las funciones de la presidencia de la Corte Suprema pues, pese a que legalmente existe un procedimiento, éste no fue observado».
¿Cómo está compuesta la CSJ?
Actualmente, la Corte Suprema de Justicia está integrada por 15 magistrados, una magistrada presidenta y 14 magistrados distribuidos en 4 salas.
Estas son: la Sala Constitucional, de lo Civil, de lo Penal y de lo Laboral-Contencioso Administrativo. Asimismo, también está compuesta por 6 magistrados que fungen como suplentes.