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miércoles, marzo 4, 2026
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Congreso aprueba uso obligatorio de chaleco reflectivo para motociclistas en horario nocturno

La reforma a la Ley de Tránsito establece que conductores y acompañantes deberán portar distintivos reflectivos entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana para reforzar la seguridad vial

TEGUCIGALPA, HONDURAS. – 

El Congreso Nacional de Honduras aprobó la noche de ayer martes una reforma a la Ley de Tránsito de Honduras con el objetivo de fortalecer las medidas de seguridad vial para conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos similares.

La modificación establece que el uso de chaleco con distintivo reflectivo será obligatorio en horario nocturno, específicamente entre las 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana, mientras que durante el día su utilización será de carácter voluntario.

Reforma al artículo 99 de la Ley de Tránsito

La reforma aprobada por el Legislativo adiciona el numeral 28 al artículo 99 de la Ley de Tránsito, donde se establece que tanto los conductores de motocicletas como sus acompañantes deberán portar un chaleco con material reflectivo en horario nocturno.

La medida busca mejorar la visibilidad de los motociclistas en las vías públicas, especialmente durante la noche, cuando se incrementa el riesgo de accidentes de tránsito.

Distintivos reflectivos para motocicletas y vehículos similares

El decreto también establece el uso obligatorio de bandas reflectoras o distintivos visibles en colores anaranjado, rojo o blanco para conductores y pasajeros de vehículos motorizados de dos o tres ruedas con motor fijo o agregado.

Entre los vehículos contemplados en la disposición se encuentran:

• Motocicletas

• Motonetas

• Bicimotos

• Bicicletas y otros vehículos similares

La normativa señala que la banda reflectiva deberá estar adherida a un arnés o chaleco, con el fin de garantizar mayor visibilidad de los conductores y pasajeros durante la circulación nocturna.

Uso voluntario durante el día

Según lo establece el artículo 2 del decreto aprobado, durante el horario diurno —entre las 6:00 de la mañana y las 6:00 de la tarde— el uso del chaleco reflectivo será voluntario.

Con esta disposición se busca promover la seguridad vial sin imponer restricciones obligatorias durante el día, cuando la visibilidad en las carreteras es mayor.

Ajustes en controles y sanciones

El artículo 3 del decreto instruye a la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte y a las demás autoridades competentes a adecuar sus procedimientos de control y sanción para aplicar correctamente la nueva normativa.

Medidas adicionales de prevención

Durante la discusión del decreto, los diputados también incorporaron un nuevo artículo mediante el cual se exhorta a las empresas a colocar cintas reflectivas en las motocicletas, como una medida complementaria para mejorar la visibilidad de estos vehículos en las vías públicas.

Con esta reforma, el Congreso Nacional busca reducir los accidentes de tránsito y reforzar las condiciones de seguridad para miles de motociclistas que circulan diariamente en el país.

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