La Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) dio a conocer nuevamente que se multará con 600 lempiras a los que conduzcan con su mascota en la parte delantera.
Conforme a la Ley de Tránsito se considera como una infracción grave, que es aquella que se genera por imprudencia o actitud temeraria, un peligro inminente a la vida de las personas y a la propiedad.
Por lo que, en el artículo 98, numero 32, cita: “es infracción grave que el conductor lleve entre sus brazos a una persona, mascota, (…) que dificulte la conducción”.
De acuerdo al portavoz de la DNVT, Rigoberto Rodríguez, apuntó a que muchos de los accidentes viales que se reportan son por descuido, en ocasiones por ir cuidando de la mascota o enviando un mensaje.
“Todo agente está facultado para aplicar una sanción de 600 lempiras, esto por conducir y llevar una mascota como copiloto, porque puede ser un distractor para el conductor”, manifestó.
Dato que también reiteró el subcomisario de la Policía Nacional, Darwin Hernández: «El 45% de los accidentes se producen por una distracción; además en lo que va del año se registran más de 104 mil multas por faltas graves».
Cabe señalar que, esta es una disposición ya contenida en la normativa, pero muy desconocida, pues autoridades revelaron que muchos incurren en cometerla teniendo que pagar la multa.