TEGUCIGALPA, HONDURAS.
La disertación del presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, sobre la finalización del período de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no es compatible con el estado actual del país, señaló el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA).
Desde el viernes, Redondo está señalando que no se podía alargar el período de los magistrados que asumieron posesión en 2016 y finalizó su mandato el sábado.
Redondo argumentaba que el Congreso Nacional no tenía facultad de alargar el período de los magistrados y que se rompía el orden constitucional si continuaba en sus puestos después del sábado.
Incluso, el domingo se tomó la atribución de declarar que los magistrados ya no son autoridades del Estado alegando que caducaron sus períodos.
El análisis del CNA se refiere a la disertación que realizó el viernes el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, sobre el período constitucional de los magistrados de la CSJ.
Durante esa sesión, Redondo manifestó que no se podría alargar el período de los magistrados de la CSJ que vencieron su período el sábado, pero que continúan en sus cargos a la espera de la elección y juramentación de sus sustitutos.
No obstante, el CNA reconoció que la norma suprema omite qué sucederá cuando finalice el período de los magistrados de la CSJ y sus sustitutos no han sido electos.
El argumento del artículo 242 de la Constitución utilizado por Redondo para no alargar el mandato de los 15 magistrados se refiere a los períodos de ausencia o la falta de titularidad del Poder Ejecutivo, la disposición establece que mientras no exista declaratoria de elecciones de Presidencia de la República, los magistrados que concluyen continuaran interinamente en el desempeño de sus funciones.
Por lo tanto, el CNA considera que la disertación de Luis Redondo en base al artículo 242 no es aplicable al contexto nacional actual argumentando que el país no carece de un titular del Poder Ejecutivo.
Calificó de incongruente y desfachatado hablar en nombre de la “Constitución del Pueblo” para vincular el estado actual de la elección de la CSJ con el último párrafo del artículo 242.
Aunque mencionó que los artículos 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el artículo 115 numeral siete de la Ley de Organización y Atribuciones al Poder Judicial (OAPJ), resultan compatibles con la realidad.
Señaló que estos artículos no producen una ruptura o infracción constitucional a la forma de gobierno o clausulas pétreas.
El CNA instó al Congreso Nacional que asuma la responsabilidad de elegir lo antes posible a los nuevos magistrados y que sean con amplia trayectoria profesional, conducta ética y moral.
Enfatizó que la elección es una oportunidad para escoger magistrados idóneos e independientes que devuelvan la impartición de justicia.
Este organismo citó el artículo 311 de la Constitución de la República que establece que en caso de no lograrse la mayoría calificada para elegir una nómina, se debe efectuar votación directa y secreta para escoger de manera individual a los magistrados tantas veces sea necesario.
Sin embargo, criticó que las bancadas sigan patinando en la presentación y rechazo de las nóminas “como si se trata de un juego que pueden llevar todo el año”, cuestionando el irrespeto a la Constitución de la República y los discursos de ataque.
El organismo cuestionó que, durante su discurso, Redondo señalara que los diputados se reunirían a cualquier hora para elegir a los nuevos magistrados.
En ese sentido, el CNA remarcó que esta postura debió haberse establecido desde el 25 de enero, así como el voto público e individual basándose en la Constitución.
“El seguir presentando nóminas y postergando el voto para la elección de los magistrados solo demuestra que se sigue pensando en intereses partidarios sobre las de la nación”, cita el análisis del CNA.
Indicó que si la intención de Luis Redondo era que prevaleciera el orden constitucional y el Estado de derecho no había obstáculo para dilatar el proceso hasta el 10 de febrero.