TEGUCIGALPA, HONDURAS.
Mediante comunicado oficial del Ministerio Público, este miércoles el fiscal general por mandato de Ley, Daniel Sibrián pide considerar aplicar Ley de Juicio Político al presidente de Congreso Nacional, Luis Redondo, “por atentar contra la Constitución y la Ley”.
Lo expresado por el ente acusador es en relación a las declaraciones brindadas por Redondo, quien alega una supuesta “falta absoluta” de autoridad en esa institución, develando con ello la intención de desconocer el imperio de la Constitución, la Ley, la fuerza vinculante y efectos generales de los fallos de la justicia Constitucional, comunicamos que con tal proceder se atenta contra la Constitución y la Ley, citó el MP.
«Comunicamos que con tal proceder se atenta contra la Constitución y la Ley, siendo pertinente considerar lo que manda la Ley de Juicio Político en sus artículos 3, 5, 6, 10 y demás aplicables de dicho texto», señala el escrito.
El Fiscal General Adjunto afirmó que, según el artículo 184 de la Constitución de la República y el artículo 74 de la Ley sobre Justicia Constitucional, la competencia originaria y exclusiva para declarar la inconstitucionalidad de una ley recae en la Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala de lo Constitucional.
Sibrián hizo mención a una sentencia del 21 de febrero de 2017, que tiene efectos generales y vinculantes para los Poderes del Estado y todos los ciudadanos, y que establece la compatibilidad del artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el cual ordena mantener en funciones a los altos funcionarios del Estado cuyo sustituto no haya sido nombrado al vencerse su período.
El comunicado también destaca que, desde el 1 de septiembre de 2023 hasta la fecha, la Fiscalía General Adjunta ha continuado ejerciendo sus funciones de acuerdo con lo establecido en la Constitución y la Ley, observando tratados internacionales, leyes y fallos emanados de la Corte Suprema de Justicia.
El comunicado concluye reiterando el llamado al Pleno del Congreso Nacional para que, de forma diligente y competente, proceda a buscar los consensos necesarios para el nombramiento de los nuevos Fiscal General y Fiscal General Adjunto del Ministerio Público, para lo cual de acuerdo al Artículo Constitucional 233 se requiere de por lo menos 2/3 partes de sus integrantes o mayoría calificada (86 votos), para la elección de las autoridades del Ministerio Publico.