“Nunca ordenamos repetir elecciones en Guanaja”: TJE se desmarca de decisión anunciada por el CNE

Magistrado Mario Flores afirma que la sentencia del Tribunal solo ordenó revisar actas tras un recuento jurisdiccional; la repetición de los comicios depende de lo que establece la Ley Electoral en caso de empate.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. –

El magistrado presidente del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores, aclaró que esa institución no ordenó repetir las elecciones municipales en Guanaja, Islas de la Bahía, luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunciara que los comicios serán repetidos este domingo 15 de marzo.

Según el togado, la sentencia emitida por el tribunal fue mal interpretada, ya que en ningún momento instruye al CNE a convocar nuevamente a elecciones, sino que se limitó a establecer la revisión de actas mediante un recuento jurisdiccional.

“Simplemente establecimos que se hicieran las operaciones matemáticas con los resultados de las urnas restantes. De encontrarse un empate conforme a la ley del CNE, se podrían repetir las elecciones, pero nunca el tribunal ordenó directamente al CNE que se repitiera el proceso”, explicó Flores.

Recurso tras elecciones del 30 de noviembre

El caso surgió luego de las elecciones del 30 de noviembre, cuando el Partido Liberal de Honduras presentó un recurso de apelación al mostrar inconformidad con los resultados preliminares en el municipio insular.

La solicitud buscaba revisar las actas correspondientes a ocho Juntas Receptoras de Votos, lo que posteriormente derivó en un proceso jurisdiccional ante el Tribunal de Justicia Electoral.

Tras agotarse la vía administrativa ante el CNE, el TJE procedió a realizar el recuento jurisdiccional, confirmando lo estrecho del resultado entre los dos principales contendientes.

Empate entre candidatos

El recuento dejó un empate técnico entre los candidatos Sheray Borden, del Partido Nacional, y Dion Kelly, del Partido Liberal, quienes obtuvieron 1,404 votos cada uno, una situación poco común dentro del proceso electoral municipal.

Este escenario obligó a aplicar lo establecido en la legislación electoral para resolver la disputa.

Lo que dice la ley en caso de empate

De acuerdo con el artículo 204 de la Ley Electoral vigente desde 2021, cuando se produce un empate en votos entre candidatos o movimientos, el Consejo Nacional Electoral debe realizar primero un recuento total mediante un escrutinio especial para verificar cada voto.

Si después de esta revisión el empate se mantiene, la normativa establece que el CNE debe ordenar la repetición de la elección únicamente entre los candidatos empatados, la cual debe celebrarse dentro de los 20 días calendario siguientes a la declaratoria oficial del empate.

CNE mantiene convocatoria a nueva votación

Mientras tanto, el Consejo Nacional Electoral mantiene la convocatoria para que los ciudadanos de Guanaja acudan nuevamente a las urnas este domingo, asegurando que el proceso se desarrollará bajo condiciones de transparencia, orden y respeto al derecho al voto.

La jornada electoral será determinante para definir finalmente quién asumirá la alcaldía del municipio, en una contienda que ha generado debate sobre la interpretación de la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral.

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