• Jaime Rodríguez confía en que la CSJ admita el recurso y advierte que el fondo del caso debe declarar inexistente el decreto aprobado por Luis Redondo y Libre
TEGUCIGALPA, HONDURAS. –
El abogado penalista Jaime Rodríguez manifestó su expectativa de que este lunes la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admita el recurso presentado contra el decreto 58-2025, normativa que ha generado una fuerte controversia jurídica y política en el país.
Rodríguez explicó que en el escrito interpuesto se solicitó que, junto con la admisión del recurso, se decrete la suspensión del acto reclamado, como una medida urgente para evitar que el decreto siga produciendo efectos mientras se resuelve el fondo del asunto.
“De entrada, la admisión con suspensión del acto reclamado es un buen mensaje, pero no es lo ideal. Lo ideal es que se pronuncie sobre el fondo y determine que este decreto nunca debió haber existido, mucho menos haberse publicado”, expresó el profesional del derecho.
Ocho recursos y cuestionamientos de legalidad
El recurso presentado por Rodríguez se suma a al menos ocho acciones legales, entre amparos y recursos de inconstitucionalidad, que han sido interpuestos contra el decreto 58-2025.
Dichas acciones cuestionan la legalidad del procedimiento mediante el cual fue aprobado el pasado 8 de enero, señalando que se realizó al margen de las formalidades constitucionales obligatorias para la aprobación de este tipo de normativas.
El decreto fue impulsado por el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, junto a la bancada del partido Libre, lo que ha intensificado el debate político y jurídico sobre los límites del poder legislativo y el respeto al orden constitucional.
Magistrados a cargo del análisis
La responsabilidad de analizar y resolver los recursos recae en los magistrados que integran la Sala de lo Constitucional: Luis Fernando Padilla, Francisca Villela Zavala, Isbela Bustillo, Sonia Marlina Dubón y Wagner Vallecillo.
El fallo que emita la Sala será determinante no solo para la vigencia del decreto 58-2025, sino también para sentar un precedente sobre el respeto a los procedimientos constitucionales en la aprobación de leyes y decretos desde el Congreso Nacional.

