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jueves, febrero 26, 2026
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¿Qué pasará con los empleos públicos? Claves de la nueva Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano

  • Congreso aprobó anoche con 90 votos un régimen excepcional que faculta al Ejecutivo a reestructurar instituciones, reducir personal y revisar contratos bajo el argumento de sanear las finanzas del Estado

TEGUCIGALPA, HONDURAS. –

Con 90 votos a favor, el Congreso Nacional de Honduras aprobó ayer la nueva Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano, un marco jurídico declarado de interés nacional que otorga al Poder Ejecutivo facultades extraordinarias y temporales para reordenar el aparato estatal.

Según el dictamen oficial, la normativa busca recuperar la sostenibilidad de las finanzas públicas y preservar el equilibrio macroeconómico mediante una racionalización profunda del gasto público y el fortalecimiento institucional, en respuesta a la actual situación financiera del país.

Reestructuración institucional y posible reducción de personal

Uno de los puntos más sensibles de la ley es el contenido en su artículo 3, que autoriza al Poder Ejecutivo a ejecutar procesos de supresión, fusión o reducción en cualquier institución de la administración pública centralizada y desconcentrada.

La facultad incluye reducciones forzosas de servicios y de personal, abarcando tanto empleados con acuerdo de nombramiento (denominados permanentes) como trabajadores por contrato.

La normativa establece que estas medidas deberán sustentarse en razones presupuestarias o de eficiencia administrativa.

Asimismo, dispone que se garantizará el pago de las indemnizaciones legales correspondientes, conforme a la disponibilidad de recursos.

Una vez efectuada la liquidación, la obligación se considerará extinguida ante cualquier tribunal.

En caso de que el empleado se rehúse a recibir el pago, el monto será consignado ante la autoridad competente.

Este apartado ha generado inquietud entre sectores sindicales y empleados públicos, ante la posibilidad de despidos masivos bajo el argumento de ajuste fiscal.

Nuevos controles para embargos y sentencias contra el Estado

En materia de pasivos judiciales, la ley introduce mecanismos más estrictos para el cumplimiento de sentencias y órdenes de embargo contra el Estado.

Las notificaciones de pago deberán dirigirse a la Tesorería General de la República y a la entidad condenada.

Los desembolsos estarán condicionados a que no se afecte el servicio de la deuda pública, el pago de salarios o el presupuesto operativo institucional.

Aunque se fijan plazos de uno a tres meses para que la Secretaría de Finanzas tramite las reformas presupuestarias necesarias, la ejecución total podría extenderse hasta doce meses antes de que procedan medidas de apremio.

Durante ese período, las cantidades líquidas devengarán únicamente el interés legal establecido en el Código Civil.

Revisión de contratos y posibilidad de anulación

La ley también faculta a los titulares de las instituciones públicas a realizar diagnósticos integrales sobre actos y contratos emitidos antes de la entrada en vigencia de la normativa.

Esto incluye la posibilidad de anular, cancelar o rescindir nombramientos, licitaciones, concesiones y contratos de obras otorgados sin cumplir requisitos legales o sin la debida previsión presupuestaria.

De forma paralela, la Procuraduría General de la República podrá promover procesos de conciliación y arbitraje para evitar mayores perjuicios al erario.

Cuando las conciliaciones alcancen o superen los cinco millones de lempiras, será obligatoria la opinión favorable de una comisión especial de diputados del Congreso Nacional para validar el acuerdo.

Régimen de excepción y control legislativo

Para asegurar la aplicación inmediata de las medidas, la ley declara inaplicables varias disposiciones de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y artículos específicos de la Ley de Servicio Civil y su reglamento.

Además, autoriza a la Secretaría de Finanzas a realizar movimientos entre gasto corriente y gasto de capital, siempre que cuente con la anuencia del Poder Legislativo.

Como mecanismo de rendición de cuentas, todas las instituciones públicas deberán presentar informes semestrales detallados ante el Congreso Nacional, consignando los hallazgos, resoluciones y el impacto de las medidas adoptadas.

Un giro en la administración pública

La Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano marca un punto de inflexión en la gestión estatal.

Mientras el Gobierno la presenta como una herramienta técnica para ordenar las finanzas y evitar un deterioro mayor del equilibrio macroeconómico, sectores críticos advierten que su aplicación podría traducirse en una reducción significativa del empleo público y en un rediseño profundo del aparato estatal.

El debate ahora se centra en cómo se implementarán estas facultades extraordinarias y cuál será su impacto real en los trabajadores del sector público y en la estabilidad institucional del país.

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