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miércoles, diciembre 17, 2025
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Sala Constitucional frena nombramiento interino ordenado por la presidenta de la CSJ

  • El órgano constitucional desautoriza la designación de un ministro de fe pública durante el receso judicial y reafirma que ya existe un funcionario legalmente habilitado para recibir escritos ciudadanos

TEGUCIGALPA, HONDURAS. – 

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dejó sin efecto una instrucción administrativa emitida por la presidenta del Poder Judicial, Rebeca Ráquel Obando, mediante la cual se pretendía designar de forma interina al abogado Gerardo Alvarenga como ministro de fe pública durante el actual periodo vacacional.

De acuerdo con un oficio interno emitido por la presidencia de la Sala de lo Constitucional, dicha función corresponde actualmente al secretario del órgano jurisdiccional, Carlos Alberto Almendárez Cálix, quien ya había sido designado con anterioridad para ejercer el ministerio de fe pública durante el segundo periodo vacacional del Poder Judicial, comprendido entre el 15 de diciembre de 2025 y el 2 de enero de 2026.

La comunicación hace referencia a una instrucción girada desde la Presidencia de la CSJ, contenida en el Oficio No. SGCSJ-3106-2025, en la que se ordenaba nombrar al abogado Alvarenga para la recepción de escritos ciudadanos vinculados a asuntos de competencia constitucional durante el receso judicial.

No obstante, la Sala de lo Constitucional sostuvo que existe una designación vigente, válida y legalmente respaldada, la cual garantiza la tutela judicial efectiva de la ciudadanía, incluso durante el periodo vacacional, por lo que no procede realizar una nueva asignación para el mismo cargo.

En el documento, la Sala fundamenta su decisión en diversas disposiciones constitucionales y legales, entre ellas artículos de la Constitución de la República, la Ley sobre Justicia Constitucional, el Reglamento Interior de la Corte Suprema de Justicia y el Reglamento Interno de la Sala de lo Constitucional, normas que regulan tanto la competencia funcional como la organización interna del máximo tribunal.

En consecuencia, el órgano constitucional dejó sin efecto cualquier disposición contraria a la designación ya realizada y reiteró que la recepción de escritos ciudadanos continuará bajo la responsabilidad del funcionario previamente habilitado, conforme al marco jurídico vigente.

Este nuevo episodio de tensión institucional en la Corte Suprema de Justicia se produce en un contexto de alta sensibilidad política, marcado por la crisis postelectoral que atraviesa el país, caracterizada por retrasos en el conteo de votos y la ausencia de una declaratoria oficial de ganador por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El pronunciamiento de la Sala de lo Constitucional refuerza el debate sobre los límites de las facultades administrativas dentro del Poder Judicial y la necesidad de apego estricto a la legalidad en un momento clave para la estabilidad democrática del país.

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