- El Tribunal de Justicia Electoral resolvió por mayoría simple declarar procedentes ambos recursos de apelación, cerrando la controversia sobre sus inscripciones y ordenando su inclusión en las papeletas electorales.
TEGUCIGALPA, HONDURAS.
El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) resolvió este martes, por mayoría simple, declarar procedentes los recursos de apelación presentados por los aspirantes Jorge Cálix y Cristian Villalobos, confirmando así sus inscripciones como candidatos a diputados por los departamentos de Olancho y Valle, respectivamente.
En conferencia de prensa, los magistrados Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona explicaron que el pleno del TJE determinó que ambos aspirantes cumplen con los requisitos establecidos en la ley, por lo que se ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) su inmediata inclusión en las planillas correspondientes y la impresión de las papeletas electorales.
De acuerdo con la resolución número 22-2025, el tribunal revocó las decisiones del CNE que habían denegado ambas inscripciones, al considerar que los actos administrativos impugnados no se ajustaban a los principios de convencionalidad, constitucionalidad y legalidad.
Jorge Cálix, habilitado oficialmente
El fallo establece que Jorge Luis Cálix Espinal, actual congresista y precandidato presidencial del Partido Libertad y Refundación (Libre), podrá participar en las elecciones generales como candidato a diputado por el Partido Liberal de Honduras, en la casilla 22 del departamento de Olancho.
El tribunal resolvió declarar “procedente” el recurso presentado por su apoderado legal, Mariano Torres Flores, y ordenó al CNE realizar la inscripción inmediata del legislador en la nómina correspondiente, garantizando su pleno ejercicio de los derechos políticos.
Durante la sesión de pleno, el magistrado Mario Flores explicó que se rechazaron las recusaciones interpuestas por ciudadanos de Olancho y Valle contra las planillas de ambos departamentos, al comprobarse que “los presuntos comparecientes no cumplen con los requisitos previstos en la Ley Orgánica Procesal”.
Voto dividido en el TJE
La decisión fue adoptada por mayoría simple, con el voto favorable de los magistrados Miriam Barahona y Mario Flores Urrutia, mientras que el magistrado Mario Morazán no acompañó la resolución.
Con ello, el TJE da por superada la controversia interna que había mantenido en suspenso la candidatura de Cálix, permitiendo avanzar en la preparación del material electoral de cara a los comicios generales del 30 de noviembre.
Reacciones y lectura legal
El abogado Mariano Torres, representante legal de Cálix, celebró la resolución y destacó su significado político y jurídico:
“Con mucha alegría y con tono de responsabilidad ante este proceso electoral, puedo informarles que hemos tenido una sentencia favorable en favor del abogado Jorge Luis Cálix Espinal. Le anuncio al pueblo olanchano que van a tener al abogado en la casilla 22”, expresó Torres.
Por su parte, el experto en derecho electoral Kenneth Madrid consideró que las resoluciones del TJE de los últimos días son jurídicamente válidas, pese a que el pleno haya sesionado sin unanimidad.
“La Ley de la Administración Pública permite que los órganos colegiados puedan sesionar al menos con mayoría. Además, la Ley Electoral otorga al presidente la facultad de garantizar la continuidad del pleno y evitar su parálisis”, explicó Madrid.
También se habilita a Cristian Villalobos por Valle
En la misma resolución, el TJE declaró procedente el recurso de apelación interpuesto por el Partido Nacional de Honduras, a través de su apoderado legal César Cáceres Cano, en favor del ciudadano Cristian Adalid Villalobos Fermán, quien ahora queda oficialmente inscrito como candidato a diputado por el departamento de Valle.
Cierre de controversias preelectorales
Con esta decisión, el Tribunal de Justicia Electoral cierra dos de los expedientes más polémicos de las últimas semanas y reafirma su papel como instancia definitiva en materia de justicia electoral, en medio de un clima político tenso y de crecientes cuestionamientos sobre la independencia institucional.
El fallo, que cita la aplicación de principios de convencionalidad, constitucionalidad y legalidad, refuerza el mensaje de que ninguna autoridad administrativa puede restringir derechos políticos sin el debido sustento jurídico, enviando una señal importante a los partidos y aspirantes de cara al proceso electoral de 2025.











