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domingo, noviembre 24, 2024
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Publicadas en La Gaceta zonas que estarán en estado de excepción a partir del martes

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.

Este lunes se publicó en el diario La Gaceta los barrios y colonias de los municipios del Distrito Central y San Pedro Sula que estarán en estado de excepción a partir del martes 6 de diciembre.

El artículo 1 del decreto PCM 20-2022 establece suspender las garantías constitucionales desde las 6:00 de la noche del martes 6 de diciembre hasta las 6:00 pm del 6 de enero de 2023.

En el mismo artículo faculta a la Policía Nacional detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en el decreto.

El artículo instruye que la libre circulación se realizará con normalidad en todo el territorio, aún en las zonas con estado de excepción y solo podrá ser restringida por las causales establecidas.

Los agentes policiales deberán identificarse al momento de la detención, explicar los motivos y respetar el derecho de los detenidos.

Asimismo, convocó al Congreso Nacional para que en un plazo de 30 días conozca el decreto, lo ratifique, modifique o lo impruebe.

¿Cuáles son las garantías suspendidas?

Las garantías constitucionales suspendidas por el Gobierno en colonias con estado de excepción son:

1- La libertad personal: Significa que cualquier persona en esas colonias puede ser detenida, aún sin orden escrita de autoridad competente.
2- Libertad de asociación y reunión: Significa que en esas colonias nadie puede congregarse en grupos para ningún propósito ni realizar reuniones de ningún tipo.
3- Libertad de circulación: Significa que, en los horarios establecidos, ninguna persona puede circular por las colonias. Todos deben permanecer dentro de sus casas.
4- Inviolabilidad del domicilio: Significa que la autoridad puede ingresar a las viviendas y registrarlas, aun cuando sus propietarios no den permiso.

Los artículos   

La libertad personal es un derecho inviolable y sólo con arreglo a las leyes podrá ser restringido o suspendido temporalmente, se encuentra en el artículo 69 de la Constitución.

En el artículo 78 se habla sobre la libertad de realizar eventos y reuniones.

Se incluye en el decreto el artículo 81, el cual dice que toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional.

Luego está suspendido el artículo 84, que explica que a nadie se le puede arrestar o se le puede detener, a menos que sea en virtud del mandato de una autoridad competente

El documento incluye la suspensión del artículo 93. Ahí se expone que aún con auto de prisión, a ninguna persona se le puede llevar a la cárcel ni detenida en ella, si otorga caución suficiente de conformidad con la Ley.

En el decreto aparece suspendido el artículo 99, donde se expresa que el domicilio es inviolable. Ningún ingreso o registro podrá verificarse sin consentimiento de la persona que lo habita o resolución de autoridad competente. No obstante, se le puede allanar, en caso de urgencia, para impedir la comisión o impunidad de delitos o evitar daños graves a la persona o a la propiedad

Todos los artículos antes mencionados quedan suspendidos en las zonas bajo estado de excepción. Si las autoridades lo consideran necesario, detendrán personas, ingresarán a las casas y ejecutarán otras acciones, que según la Constitución están prohibidas.

Conozca aquí el listado de los barrios y colonias de Tegucigalpa, Comayagüela y San Pedro Sula que entrarán en estado de excepción:

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