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martes, mayo 21, 2024
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Bancada del PSH advierte que no permitirá compras directas dentro del Presupuesto General 2023

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El diputado Tomás Ramírez, jefe de bancada del Partido Salvador de Honduras (PSH), se refirió al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2023, que comenzaría su discusión este jueves para su posterior aprobación.

En tal sentido, el congresista dijo que se reunieron con el presidente de la Comisión de Presupuesto, el vicepresidente del Legislativo, Hugo Noé Pino, a quien le presentaron algunas observaciones sobre las disposiciones generales las cuales deben revisarse.

Ante ello, el titular de los parlamentarios del PSH, indicó que el Presupuesto se presentará el jueves en el Congreso Nacional debido a que deben darles respuestas, y por ello, esperan que se consideren las recomendaciones realizadas, por ejemplo, en el tema de las compras directas que «no las podemos permitir, sino buscar soluciones al respecto, porque no se puede irrespetar la Ley de Contratación del Estado».

Ramírez, señaló además que la bancada ha analizado algunos aspectos que conllevan cuando en el Presupuesto la recaudación se supera, hay un fondo de excedente sobre un artículo en donde el mismo pueden distribuirlo a cualquier Secretaría de Estado a Finanzas, por tanto, «no lo podemos permitir, sino hacer sugerencias».

«Esas observaciones es la que estamos viendo para garantizarle al pueblo hondureño que los recursos del Presupuesto de la República sean destinados verdaderamente a lo que es. También, en cómo podemos reducir el gasto, y a los ministros que proceden a una ejecución responsable, así que se incluya responsabilidad para quienes no cumplan en la ejecución presupuestaria, expuso el diputado por el departamento de Atlántida.

Ramírez mencionó que el artículo 289 sobre las compras y contrataciones será sujeto a revisión, para darle una nueva interpretación en el sentido de modificar su escritura, paara que los funcionarios no tengan la venia de hacer compras directas.

El Dato:

ARTÍCULO 289.– Con base a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrataciones del Estado, se autorizar a las Secretarías de Estado, Desconcentradas y Descentralizadas, para que en el ejercicio de sus facultades, pueda contratar utilizando la modalidad de Contratación Directa, bajo procedimiento especial, sin que esta requiera de la autorización de la Presidenta de la República, establecida en el artículo 63 de la referida Ley o del Órgano de Dirección Superior cuando se trate de las Instituciones Descentralizadas.

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