FRANCISCO MORAZÁN, HONDURAS.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), indicó que, el “hacinamiento” pone en situación compleja la convivencia de las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios y recordó que las Naciones Unidas ya han establecido parámetros a efecto que no se violenten los derechos a las personas que únicamente tienen suspendida la libre circulación.
El Delegado Adjunto del Conadeh, Ricardo López, recordó que, una persona privada de libertad, el único derecho que se le suspende es el de la circulación ya que sus demás derechos siguen vigentes como es el de la alimentación, la salud y el tener contacto con sus apoderados legales, entre otros.
Cuando el Estado de Honduras violenta derechos humanos, sin duda alguna, puede ser sometido a un procedimiento internacional, afirmó.
La entidad considera que, si a una persona se le prueba la comisión de un delito se le debe aplicar todo el peso de la Ley.
Jamás vamos a estar en contra que a una persona que cometa un delito se le aplique todo el peso de la ley, el CONADEH jamás le ha dicho a un juez no meta preso a alguien cuando se tienen las pruebas y existe una sentencia para privar de libertad a una persona, lo que el Conadeh recomienda es que se respeten los derechos de todas y todos, dijo López.
Se deben evitar tragedias
Recordó que, históricamente, Honduras ha tenido situaciones de hacinamiento en los diferentes centros penitenciarios, sin embargo, hay personas que están dentro de cárceles que quizás podrían tener medidas sustitutivas distintas a la prisión preventiva.
Explicó que a efecto de no contar con un hacinamiento en los centros penales hay una comisión integrada por el Poder Ejecutivo, jueces de ejecución, la defensa pública y el Conadeh, para descongestionar el sistema penitenciario.
Es importante tener en consideración el tema de la integridad personal y el de la dignidad del ser humano, porque debido al hacinamiento en algunos centros penitenciarios se han tenido problemas de incendios e incluso pérdida de vidas, por lo que se debe tomar en consideración ese aspecto para que no suceda otra tragedia en el Estado de Honduras.
Alrededor de una decena de centros penales sobrepoblados
Se estima que, a septiembre del 2026, el Instituto Nacional Penitenciario establece que la población penitenciaria era de 19,274 Personas Privadas de Libertad (PPL), sin embargo, la capacidad instalada es de 17,831 espacios.
El hacinamiento no es parejo y hay cárceles colapsadas, para el caso, el Centro Penal de Morocelí, El Paraíso la Población Privada de Libertad es de 1,826 personas y la capacidad es de 1,332 cupos, con una sobrepoblación de cercana a las 500 personas.
El Centro Penal de El Progreso, Yoro tiene capacidad para 600 personas y una población penitenciaria de 1,069 personas con una sobrepoblación de 463 privados de libertad. En el caso del Centro Penal de Olanchito la sobrepoblación es de 370. El Centro Penal de Danlí con 297 y el Centro Penal de Tamara con una capacidad para 5,400 personas y una sobrepoblación de 252 personas.
En los primeros nueve meses del 2026, al menos, 530 mujeres y 10,313 hombres fueron condenados ,mientras que 7,331 hombres y 613 mujeres están procesadas.
En lo que respecta a la condición jurídica de las personas extranjeras privadas de libertad 64 hombres y 4 mujeres están condenados, mientras que 87 hombres y 1 mujer procesados.











