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viernes, enero 23, 2026

CONADEH insta al Estado investigar muerte de privados de libertad en Támara 

TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) exhortó hoy al Estado hondureño a realizar una profunda y exhaustiva investigación sobre las potenciales ejecuciones extrajudiciales y actos de tortura perpetrados por agentes penitenciarios en contra de personas privadas de libertad en el Centro Penitenciario de Tamara.

A través de un comunicado, el ente estatal instó al Ministerio Público a investigar y esclarecer los hechos suscitados en el Centro Penitenciario de Tamara que dejó como saldo dos personas privadas de libertad muertas y otras lesionadas.

Además, recomendó al Instituto Nacional Penitenciario la adopción de medidas preventivas, como protocolos de acción de contingencia y emergencia, en los centros penitenciarios a nivel nacional.

La titular del CONADEH, Blanca Izaguirre considera que es deber del Estado iniciar de oficio e inmediatamente una investigación efectiva que permita identificar, juzgar y sancionar a los responsables, cuando existe denuncia o razón fundada para creer que se han cometido actos de tortura, tratos o penas crueles inhumanos y degradantes o una ejecución extrajudicial.

En el marco de una visita in situ realizada el 19 de septiembre de 2024, al Centro Penitenciario Nacional de Támara, el CONADEH constató la muerte de Carlos Andrés Soler Mejía y de José Alejandro Cruz Cruz y el caso de serias lesiones perpetradas en contra de otros privados de libertad en diferentes partes de su cuerpo, tales como cabeza, extremidades inferiores y torso.

COMUNICADO NO. 007/2024

La Titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), Abg. Blanca Saraí Izaguirre, en el ejercicio de su mandato convencional, constitucional y legal, con independencia funcional, técnica y de criterio; en relación con los hechos suscitados en el Centro Penitenciario Nacional de Támara, en el cual perdieron la vida dos personas privadas de libertad y otras resultaron con serias lesiones, se pronuncia en los términos siguientes:

  1. En el marco de una visita in situ realizada en fecha 19 de septiembre de 2024 al Centro Penitenciario Nacional de Támara, el CONADEH constató la muerte de CARLOS ANDRÉS SOLER MEJÍA Y JOSÉ ALEJANDRO CRUZ CRUZ y el caso de serias lesiones perpetradas en contra de otros privados de libertad en diferentes partes de su cuerpo, tales como cabeza, extremidades inferiores y torso.
  1. Sobre la muerte de los dos privados de libertad, prima facie, el CONADEH observa una potencial ejecución extrajudicial, en virtud que, de conformidad con la información recabada, las mismas habrían sido ejecutadas por agentes estatales mediante la inobservancia de los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
  1. En este sentido, el CONADEH recuerda la obligación reforzada de protección de la vida e integridad personal que tiene el Estado respecto de las personas que se encuentran bajo su custodia. Por lo tanto, existe la presunción iuris tantum de que toda muerte registrada en recintos de detención y centro de privación de la libertad es imputable al Estado y eventualmente podría incurrir en responsabilidad internacional.
  1. Por otro lado, en cuanto a las serias y graves lesiones recibidas por varios privados de libertad, el CONADEH encuentra que las mismas podrían constituirse como actos de tortura, tratos o penas crueles inhumanos y degradantes (TTPCID), toda vez que fueron infligidos por los mismos agentes estatales que custodiaban el centro, sin justificar la proporcionalidad de estas en atención a la situación que enfrentaban.
  1. De todo lo anterior, el CONADEH hace eco del deber estatal de iniciar de oficio e inmediatamente una investigación efectiva que permita identificar, juzgar y sancionar a los responsables, cuando existe denuncia o razón fundada para creer que se ha cometido un acto de TTPCID o una ejecución extrajudicial. Por lo tanto, insta al Ministerio Público a investigar y esclarecer los hechos suscitados en el Centro Penitenciario de Tamara y recomienda al Instituto Nacional Penitenciario la adopción de medidas preventivas, como protocolos de acción de contingencia y emergencia, en los centros penitenciarios a nivel nacional.

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