Congreso abre la puerta a acuerdos de pago para demandas contra el Estado

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  • La reforma crea un régimen temporal para facilitar conciliaciones y saldar obligaciones pendientes, con acuerdos que deberán formalizarse en un máximo de 45 días y pagarse en hasta 18 meses.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. –

El Congreso Nacional aprobó este jueves una reforma a la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano, con la que se establece un régimen especial, extraordinario y temporal para facilitar la conciliación y el pago de obligaciones económicas pendientes derivadas de procesos judiciales contra el Estado.

La modificación busca abrir una vía para que personas que prestaron servicios en los programas contemplados en el decreto y que actualmente mantienen demandas judiciales activas puedan solicitar una conciliación con las instituciones correspondientes y establecer un acuerdo para recibir los pagos pendientes.

Para acceder al mecanismo, los exempleados deberán acreditar que efectivamente prestaron sus servicios, que no han recibido el pago reclamado y que el proceso judicial continúa activo y no cuenta con una sentencia firme.

Acuerdos en un máximo de 45 días

Una vez presentada la solicitud con la documentación requerida y verificado el cumplimiento de las condiciones, las instituciones podrán formalizar los acuerdos conciliatorios, siempre que exista disponibilidad presupuestaria.

La reforma establece un plazo máximo de 45 días hábiles para formalizar el acuerdo.

Estos convenios deberán especificar el monto reconocido, la forma y periodicidad de los pagos y el plazo para cumplir con la obligación. En ningún caso, el período para cancelar las cantidades acordadas podrá superar los 18 meses.

Finanzas deberá habilitar los recursos

La normativa también faculta a la Secretaría de Finanzas para realizar las operaciones presupuestarias necesarias que permitan identificar y habilitar los recursos destinados exclusivamente al cumplimiento de estas obligaciones.

Los pagos podrán efectuarse de manera mensual, de acuerdo con el cronograma establecido en cada convenio, hasta completar el monto reconocido dentro del plazo máximo fijado.

El Congreso aclaró que el mecanismo aprobado tendrá un carácter excepcional, extraordinario y temporal, por lo que no constituye un régimen permanente para atender obligaciones derivadas de procesos judiciales.

Con la reforma, el Legislativo busca establecer una vía de conciliación que permita resolver determinadas obligaciones pendientes con personas que mantienen procesos activos contra el Estado, evitando que estos casos permanezcan indefinidamente en los tribunales y estableciendo un plazo concreto para su eventual pago.

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