Congreso declara que ley sobre embarazo adolescente no cumplió requisitos constitucionales

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• El Legislativo sostiene que el decreto no fue ratificado tras el veto presidencial y ordena remitir los antecedentes al Ministerio Público para que determine si procede una investigación.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. –

El Congreso Nacional declaró este miércoles que el Decreto Legislativo No. 8-2023, que contiene la Ley de Educación Integral de Prevención al Embarazo Adolescente en Honduras, no cumplió el procedimiento constitucional requerido para convertirse válidamente en ley, debido a que no existe constancia de su ratificación después del veto presidencial.

Según la disposición aprobada por el pleno legislativo, la normativa fue aprobada el 8 de marzo de 2023 y devuelta al Congreso el 17 de marzo de ese mismo año por la entonces presidenta Xiomara Castro.

El Legislativo sostiene que no existe documentación que acredite que el decreto fuera ratificado posteriormente con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros del Congreso Nacional, equivalentes a 86 votos, como establece el artículo 216 de la Constitución de la República.

Publicación en La Gaceta no sustituye la ratificación

La resolución señala que la publicación del decreto en el diario oficial La Gaceta no es suficiente para completar el procedimiento constitucional ni subsana la falta de ratificación legislativa.

Por esa razón, el Congreso considera que la publicación oficial no le confiere al decreto la condición de ley válidamente perfeccionada ni vigencia normativa.

La decisión se fundamenta en los artículos 215 y 216 de la Constitución, que regulan el proceso de formación de las leyes. 

No obstante, el documento aclara que su alcance se limita al procedimiento mediante el cual se tramitó la normativa y que las controversias que puedan surgir corresponden a los órganos jurisdiccionales competentes.

Expediente será remitido al Ministerio Público

Como parte de las disposiciones aprobadas, la Secretaría del Congreso Nacional y la Empresa Nacional de Artes Gráficas (ENAG) deberán conservar y remitir al Ministerio Público, de manera íntegra y debidamente certificada, toda la documentación relacionada con la tramitación y publicación del decreto.

Los antecedentes incluyen oficios, comunicaciones, certificaciones, constancias de recepción y registros físicos o electrónicos vinculados con el proceso, desde la devolución presidencial hasta la publicación del texto en La Gaceta.

Una vez recibida la documentación, el Ministerio Público determinará, conforme a su autonomía y atribuciones legales, si corresponde iniciar una investigación o realizar otras actuaciones.

La disposición coloca bajo escrutinio el procedimiento seguido para la publicación de la ley sobre prevención del embarazo adolescente y deja en manos de las autoridades competentes la determinación de si existen elementos que ameriten una investigación.

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