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sábado, diciembre 14, 2024
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Dentro de los consensos para elegir la CSJ se contempla nombrar magistrados suplentes: Rafael Sarmiento

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.

El jefe de la bancada del Partido Libertad y Refundación (Libre), Rafael Sarmiento, reveló que en los consensos políticos para elegir la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ), se está tomando en cuenta el nombramiento de magistrados suplentes, algo no contemplado en la normativa vigente.

“Los magistrados suplentes es un tema que también es parte de las conversaciones porque debemos hacer una interpretación del Artículo 316 que hay un vacío legal”, señaló.

El diputado explicó a periodistas que en la actualidad existe una grave situación cuando la Sala de lo Constitucional no puede pronunciarse por unanimidad determinados casos.

Al suceder tal escenario, el caso pasa al pleno de magistrados y el presidente de turno llama a jueces de letras o de corte de apelaciones para su integración, expuso.

En consecuencia, Sarmiento ve necesario de la existencia de magistrados suplentes para no recurrir a los jueces.

Aun así, para la existencia de magistrados suplentes se requeriría una interpretación del Artículo 316, reconoció.

El congresista dijo que el diálogo es la herramienta poderosa para poder lograr los acuerdos, sobre todo, entre los partidos políticos representados en el Congreso Nacional porque “necesitamos magistrados que respondan al pueblo, a la Constitución, a la lucha contra la criminalidad organizada, violencia, impunidad y corrupción.”

Finalmente, el legislador espera que no sigan llevando el tema de la Corte Suprema de Justicia al plano ideológico porque aseguró que no tiene que ver con ideología, y que también no sigan preguntando quién va a juramentar la nueva CSJ porque todo eso es para no querer elegir Corte y pretender que persista la actual.

Por su parte, el jefe de la bancada del Partido Liberal, Mario Segura, adelantó que apoyan la iniciativa de incorporar magistrados suplentes, siempre y cuando sean de la lista de aspirantes que envió la Junta Nominadora.

Existe acuerdo entre el PL, PN y Libre para aprobar el nombramiento de los magistrados suplentes, pero eso debe ser ratificado en las próximas horas, dijo.

Entretanto, el diputado de Libre, Ramón Barrios, opinó que se busca evitar vacíos en la ley e interpretarán el Artículo 316 de la Constitución para lograr nombrar a magistrados suplentes.

Las tres bancadas mayoritarias representadas en el Legislativo están de acuerdo con el nombramiento de los magistrados suplentes, comentó Barrios.

El artículo 316 de la Constitución de la República cita:

La Corte Suprema de Justicia estará organizada en salas, una de las cuales es la de lo Constitucional.

Cuando las sentencias de las salas se pronuncien por unanimidad de votos, se proferirán en nombre de la Corte Suprema de Justicia y tendrán el carácter de definitivas. Cuando las sentencias se pronuncien por mayoría de votos, deberán someterse al Pleno de la Corte Suprema de Justicia.


La Sala de lo Constitucional tendrá las atribuciones siguientes: 1) Conocer, de conformidad con esta Constitución y la Ley, de los recursos de Hábeas Corpus, Amparo, Inconstitucionalidad y Revisión; y, 2) Dirimir los conflictos entre los Poderes del Estado, incluido el Tribunal Nacional de Elecciones (TNE), así como, entre las demás entidades u órganos que indique la Ley.


Las sentencias en que se declare la inconstitucionalidad de una norma será de ejecución inmediata y tendrán efectos generales, y por tanto derogarán la norma inconstitucional, debiendo comunicarse al Congreso Nacional, quien la hará publicar en el Diario Oficial La Gaceta.


El Reglamento establecerá la organización y funcionamiento de las salas.

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