- La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto de manera provisional el memorándum sobre identidad de género autopercibida y uso del nombre social, mientras analiza el alcance de las obligaciones derivadas de la sentencia Vicky Hernández de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
TEGUCIGALPA, HONDURAS. –
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) determinó suspender temporalmente el memorándum que establecía nuevos lineamientos para el registro de la identidad de género autopercibida y el uso del nombre social en los procesos penales, una decisión que, según el magistrado Mario Díaz, no representa una resolución definitiva, sino una medida provisional mientras el pleno realiza un análisis jurídico exhaustivo del tema.
La resolución fue adoptada por mayoría de votos del pleno de magistrados y surge tras la controversia generada por la circular emitida por la magistrada Rubenia Galeano, mediante la cual se instruía a los jueces de letras de lo penal a registrar la identidad de género autopercibida y el nombre social elegido por las personas involucradas en procesos judiciales.
Díaz explicó que el pleno consideró necesario detener temporalmente la aplicación de la medida debido a que el asunto no había sido discutido de forma integral por todos los magistrados y requiere un estudio detallado sobre su alcance legal y constitucional.
“La resolución que se ha tomado es de carácter temporal porque es un tema que el pleno no ha discutido a profundidad y se requiere un estudio y análisis detallado. Aunque la circular no fue consensuada con el pleno, gran parte de su contenido se desprende de la sentencia de la Corte Interamericana”, manifestó el togado.
El magistrado recordó que la decisión está estrechamente vinculada con la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Vicky Hernández contra Honduras, un fallo que estableció una serie de compromisos y obligaciones para el Estado hondureño en materia de derechos humanos.
Según explicó, la CSJ deberá determinar con precisión cuáles de las medidas ordenadas por el tribunal internacional corresponden directamente al Poder Judicial y definir los mecanismos legales para su implementación tanto en el corto como en el mediano plazo.
“La sentencia Vicky Hernández fue emitida hace varios años y existe una deuda pendiente del Estado en cuanto a su cumplimiento. Nosotros tenemos la obligación de implementar aquello que le compete al Poder Judicial”, sostuvo Díaz.
Asimismo, enfatizó que las resoluciones de la Corte Interamericana son de obligatorio cumplimiento para Honduras por ser un Estado parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por lo que el Poder Judicial está obligado a avanzar en las acciones que le correspondan dentro de sus competencias.
El magistrado indicó que una vez concluido el análisis y definidas las medidas aplicables, la Corte Suprema informará al tribunal internacional sobre los avances alcanzados en el cumplimiento de la sentencia.
La suspensión del memorándum ocurre en medio de una intensa discusión pública. Diversas iglesias y sectores conservadores expresaron su rechazo a la disposición, argumentando preocupaciones sobre sus implicaciones jurídicas y sociales. Paralelamente, desde el Congreso Nacional también surgieron voces que instaron al Poder Judicial a reconsiderar la medida.
Por ahora, el memorándum permanece sin efecto mientras los magistrados profundizan el estudio de la sentencia internacional y establecen la ruta jurídica que permita al Estado hondureño cumplir con sus compromisos en materia de derechos humanos, sin apartarse del marco legal vigente.







