Por: Melvin López Herrera
Este martes 1 de septiembre en un telenoticiero vespertino de la capital, el que se difunde a las 9:00pm, su conductor lanzó una noticia referente a unas declaraciones de Wagner Vallecillo, actual magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ); declaraciones que ya las hemos confirmados en otros medios de comunicación social. Por el contenido de esas revelaciones, el tema no debe dejarse pasar por desapercibido al tener un revestimiento trascendental en la vida política de la nación, y por cuyos efectos podríamos vernos enfrentados nuevamente a una tragedia como a la que, desde la institucionalidad secuestrada en esa época, se nos llevó al proceso electoral de 2017.
En el segmento noticioso que comprende los minutos 38:09 a 39:00 de esa edición del 1 de septiembre, el conductor del telenoticiero dijo de su viva voz lo que a continuación reproducimos: “… lo que ha dicho hoy el magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia Wagner Vallecillo. Afirmó que en el Poder Judicial no existe ningún asunto pendiente sobre la reelección presidencial. El magistrado sostuvo que los procesos relacionados con esta materia ya fueron resueltos mediante sentencias firmes y que por ahora no hay más que discutir en los tribunales. Wagner Vallecillo señaló que cualquier nueva discusión o decisión tendría que producirse en otro Poder del Estado”.
Después de esas reveladas declaraciones del magistrado presidente de la CSJ, el conductor del telenoticiero tras la participación que le dio a un profesional del Derecho hizo suya, y transmitiéndola a su teleauditorio, la seguridad de que no volverá a presentarse el demonio de la reelección presidencial en Honduras.
Definitivamente, consideramos que hasta el más lego en materia jurídica debería mostrarse sorprendido y hasta preocupado por el contexto de las declaraciones atribuidas al presidente de la CSJ; pues no basta con que en ellas el magistrado Vallecillo haya expresado que cualquier nueva discusión o decisión -sobre la reelección presidencial- tendría que producirse en otro Poder del Estado. Lo que debe efectivamente levantarnos las alarmas y reacciones oportunas sobre lo que se le atribuyó al presidente de la CSJ es el haber manifestado que “los procesos relacionados con esta materia ya fueron resueltos mediante sentencias firmes”; pretendiendo hacernos entender -como efectivamente está sucediendo hasta la fecha- que esas sentencias firmes ya son “cosa juzgada” escritas en piedra y sin tener vuelta hacia atrás.
Pero ¿a cuáles “sentencias firmes” se refirió don Wagner? A menos que él nos corrigiera, se debió referir indiscutiblemente a la única sentencia dictada en 2015 y relacionada con los dos recursos de inconstitucionalidad promovidos, en los años 2014 y 2015, por 15 diputados (algunos de ellos tristemente todavía activos) del Congreso Nacional y por el expresidente (ya fallecido) Rafael Leonardo Callejas Romero; siendo esa única sentencia (y pese a que la misma no le alcanzaba) de la que inconstitucionalmente se valió Juan Orlando Hernández Alvarado, acompañado de la institucionalidad que el manipuló y destruyó en esa época, para usurpar impunemente la titularidad de la Presidencia de la República; hecho ya reconocido en la actualidad hasta por quienes en aquella ocasión se mantuvieron en el más imperdonable silencio y complicidad derivados de su injustificado consentimiento.
Esa sentencia del 22 de abril de 2015, como deliberadamente lo ha manifestado Wagner Vallecillo en su condición de presidente de la Corte Suprema de Justicia y tomado de las declaraciones que él brindara a los medios, quiérase o no, es una sentencia firme. Agrega don Wagner, en las declaraciones a él atribuidas, que “cualquier nueva discusión o decisión -refiriéndose desde luego a la reelección presidencial- tendría que producirse en otro poder del Estado”; entendiendo nosotros que ese “otro Poder del Estado” al que se refiere no es otro que el Poder Legislativo desde el Congreso Nacional, por medio del mecanismo constitucional del referéndum, o el plebiscito o la iniciativa de participación ciudadana…
De todo lo anterior, como una crónica de un nuevo proceso electoral ya anunciado, pareciera que el presidente de la CSJ nos está preparando y advirtiendo (y si estamos equivocados que lo aclare él) que para las elecciones de 2029 la sentencia firme del 22 de abril de 2015 estará jugando nuevamente un definitivo como trágico papel en el proceso electoral de ese momento; ello indudablemente por la indiferencia ciudadana y política que todos y cada uno de nosotros hemos mostrado y continuaremos mostrando ante los efectos de esa sentencia.
Actualmente, y listos para el proceso eleccionario de 2029, cualquiera de los expresidentes que en su desenfrenada ambición tuvieran la enfermedad de “presidentitis”, no encontrarían para sí la prohibición constitucional de la “alternabilidad” en el ejercicio de la presidencia; imperiosamente dispuesta en varios artículos de nuestra Constitución (art. 4 párrafo segundo, 240 numeral 3 y 272 párrafo segundo) tan sólo para quienes estén ejerciendo ese cargo.
En cambio, la “inaplicabilidad” que la ilegal sentencia del 22 de abril de 2015 declaró sobre el artículo 239 constitucional, que prohíbe la reelección presidencial alterna, nos podría llevar a vivir un conflicto político social de indeseables dimensiones y consecuencias. Sobre todo cuando la institucionalidad ha sido secuestrada desde el mismo poder, tal como está sucediendo con el control político partidario que sobre las instituciones del Estado se está ejerciendo en la actualidad; y cuando en el actual partido de gobierno están por reaparecer los enfermos de “presidentitis”, que no se conformaron con haberle ya ocasionado un irreparable daño a la nación y al país por medio del proceso electoral de 2017.
Ya don Wagner Vallecillo nos recordó la existencia de “sentencias firmes”relacionadas con la reelección presidencial. La duda que nos ha sembrado con esas declaraciones que a él se le atribuyeron es: o nos está adelantando sobre la viabilidad de una eventual reelección presidencial alterna para 2029, o nos está insinuando el conocido dicho popular de “camarón que se duerme se lo lleva la corriente”; esto último mientras estando investidos o no de autoridad (primer párrafo del artículo 375 constitucional) permitamos que siga firme la sentencia del 22 de abril de 2015. En cualquiera de los posibles casos el Presidente de la Corte Suprema de Justicia (insistimos sobre las declaraciones que se le atribuyeron) nos está siendo categórico al darnos a entender que ese Poder Judicial no va a hacer nada al respecto… (laisse faire, laisse passer).
¿Y qué del señor Fiscal General de la República?
Septiembre 2026















