Zambrano endurece su apuesta por el control en las cárceles: reclusos pasarían 23 horas y media en sus celdas

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• El presidente del Congreso defiende restricciones a las visitas, los alimentos y las comunicaciones para impedir que los privados de libertad sigan dirigiendo estructuras criminales desde los centros penitenciarios.

TEGUCIGALPA, HONDURAS. — 

El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, defendió la implementación de controles estrictos en los centros penitenciarios de máxima seguridad, al asegurar que la protección de la población hondureña es una prioridad y que las cárceles no deben seguir siendo utilizadas para coordinar actividades delictivas.

“La seguridad del pueblo no se negocia”, expresó Zambrano en una publicación en sus redes sociales, en la que sostuvo que desde el Poder Legislativo se impulsan medidas orientadas a impedir que los privados de libertad mantengan el control de sus estructuras criminales desde el interior de los recintos penitenciarios.

Entre las disposiciones planteadas figura que los reclusos permanezcan 23 horas y media al día dentro de sus celdas, con apenas 30 minutos diarios para movilizarse, además de una hora de exposición al sol por semana.

La propuesta también contempla restricciones a las visitas, al ingreso de alimentos y dinero, así como a las comunicaciones no autorizadas. 

Estas medidas buscan reforzar la vigilancia y evitar que los internos transmitan órdenes o instrucciones a integrantes de organizaciones criminales que operan fuera de las cárceles.

Zambrano sostuvo que las disposiciones se aplicarían conforme al marco legal y que su objetivo es impedir que las personas recluidas continúen ejerciendo poder sobre las estructuras delictivas que operan en las calles.

“No estamos jugando con la paz de las familias hondureñas”, puntualizó el titular del Legislativo, al reiterar su respaldo a una política penitenciaria basada en controles más rigurosos.

La propuesta coloca nuevamente en el centro del debate la seguridad penitenciaria y las condiciones de reclusión en los centros de máxima seguridad. Su implementación deberá ajustarse a la legislación vigente y a las garantías que corresponden a las personas privadas de libertad.

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